CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE COMERCIO MINORISTA

  1. CONTEXTO
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de España, junto con la Secretaria de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Cámara de Comercio han puesto en marcha los Diagnósticos de Innovación Comercial del Programa de Comercio Minorista en el marco del Programa Operativo Plurirregional FEDER 2014-2020 con aplicación en todo el territorio nacional, dentro del Eje 1 “Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”, en el marco del título de la prioridad de inversión “Fomento de la inversión empresarial en I+i, el desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas, los centros de investigación y desarrollo y el sector de la enseñanza superior, en particular mediante el fomento de la inversión en el desarrollo” y que contribuye a la consecución del objetivo específico OE.1.2.1. “Impulso y promoción de actividades de I+i lideradas por las empresas, apoyo a la creación y consolidación de empresas innovadoras y apoyo a la compra pública innovadora” estando cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y por la Secretaria de Estado de Comercio.
Esta actuación tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de los comercios, mediante la realización de Diagnósticos individualizados e informe de recomendaciones de mejora, a fin de impulsar la adopción, por parte de los mismos de metodologías y soluciones que permitan mejorar su situación competitiva.
 
dustria y Servicios de Castilla y León y el Consejo de Cámaras de Castilla y León.
  • OBJETO
La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) del sector comercio minorista y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Salamanca en la actuación de Diagnósticos de Innovación Comercial del Programa de Comercio Minorista.
  • REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Los requisitos para participar en el programa son:
  • Ser una Pyme, de acuerdo a la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • Estar dada de alta en el Censo del CNAE-2009 Grupo 47 o que estén dadas de alta en el IAE en los epígrafes 64, 65 ó 66 (se excluyen las farmacias)., de la Sección Primera del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Salamanca. 
En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Tener potencial de mejora de su competitividad.
  • No haber participado en el programa en anteriores anualidades, con posterioridad a 31/12/2015.
  • Cumplir la totalidad de las condiciones exigidas en la presente convocatoria.
  • Los extremos enumerados anteriormente se acreditarán mediante declaración responsable que se recoge como anexo a la solicitud de participación en el programa adjunta a esta convocatoria.
     
    5.     PRESUPUESTO DEL PROGRAMA
  • El presupuesto máximo para la realización de los Diagnósticos de Innovación Comercial objeto de la presente convocatoria es de 20.400 euros, en el marco del Programa Operativo Plurirregional FEDER 2014-2020 .
       Desde el programa se sufragarán los gastos asociados a la prestación del servicio de diagnóstico por parte de los tutores camerales. A título informativo, se indica al comercio beneficiario que el coste máximo del servicio financiable de esta actuación asciende a 1.200 €.
    El coste relativo a los servicios prestados será prefinanciado en su totalidad por la Cámara de Comercio, no suponiendo desembolso alguno para el comercio.
    Estos servicios son gratuitos para los comercios participantes y serán financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y por la Secretaria de Estado de Comercio en el marco del Programa de Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista.
La solicitud de participación se presentará conforme al modelo adjunto a esta convocatoria (Anexo II), junto con la documentación adicional señalada en el citado Anexo.
Las empresas podrán presentar su solicitud una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria, es decir, a partir de las 8:30 horas del día 23 de septiembre de 2020, y hasta las 14:30 horas del día 5 de octubre de 2020 como límite de presentación, o hasta agotar la disponibilidad presupuestaria.
Las solicitudes, junto con la documentación necesaria indicada en la misma, podrán presentarse por alguna de las siguientes vías: 
  1. En alguna de las direcciones de la Cámara de Comercio, que aparecen recogidas en esta convocatoria. En este caso, sólo se admitirán aquellas solicitudes presentadas dentro del horario oficial de registro de la Cámara: de 8:30 a 14:30 horas de lunes a viernes.
  2. A través de sede electrónica, accesible en la siguiente dirección: http://camarasalamanca.com/
Las solicitudes se considerarán presentadas en la fecha y hora de entrada en el registro correspondiente, según la vía de presentación utilizada.
Sólo se considerarán  válidamente presentadas aquellas solicitudes que cumplan las siguientes condiciones mínimas : I) los campos identificados como obligatorios en el formulario de solicitud de participación (Anexo II) deben estar debidamente cumplimentados y su contenido resultar comprensible y coherente con la información solicitada, y II) los documentos obligatorios que se adjunten al formulario de solicitud de participación deben referirse a la empresa solicitante y su contenido responder claramente a la finalidad con la que se solicitan, no admitiéndose los documentos que no cumplan estas condiciones.
 
El incumplimiento de alguna de las citadas condiciones mínimas, que no obedezca errores materiales o aritméticos, conllevará la inadmisión a trámite de la solicitud.
Las solicitudes que cumplan las condiciones mínimas establecidas serán objeto de valoración, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.
 
Si la solicitud y documentación aportada, aun cumpliendo  las condiciones mínimas establecidas, no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá a la entidad solicitante, para que, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrán admitirse solicitudes que superen el cupo establecido al efecto de disponer de una lista de espera (de xx empresas) para el caso de que alguna de las solicitudes admitidas desistiese del proceso o bien la ejecución final fuera inferior a la estimada y quedaran remanentes disponibles.
  • PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
El proceso de selección de comercios respetará los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre concurrencia y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.
Las solicitudes de participación y admisión de empresas para el desarrollo de los Diagnósticos de Innovación Comercial del Programa de Comercio Minorista se realizará por estricto orden de registro de entrada. 
 
El Departamento Jurídico será el instructor del procedimiento, mientras que la Secretaría General será el órgano competente para su resolución.
La resolución de las solicitudes será comunicada a los destinatarios por escrito a través de la Cámara de Comercio.
 
El listado de admitidos, denegados y lista de espera de la convocatoria podrá consultarse desde el siguiente link: http://camarasalamanca.com/
 
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la convocatoria. 
Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.
  • OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES
Serán obligaciones de los participantes las que se deriven de los objetivos del Programa y del cumplimiento de las condiciones operativas, de información y control que se establecen en el Convenio de participación en el programa.
La participación en el Programa de aquellas empresas cuya solicitud haya sido aprobada, se formalizará a través de la firma de un convenio entre el comercio participante y la Cámara de Comercio. El citado Convenio se adjunta a esta convocatoria como Anexo IV. Adicionalmente el destinatario da su consentimiento para que sus datos sean incluidos en el aplicativo del programa y para someterse a todas las actuaciones de control requeridas por las Instituciones públicas financiadoras del programa. 
  • PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos [Reglamento 2016/679,  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE], la Cámara de Comercio de España con dirección en C/ Ribera del Loira 12, 28042 Madrid y Cámara de Comercio de  Salamanca , con dirección en Plaza Sexmeros, 2, de Salamanca, tratarán los datos de LA EMPRESA DESTINATARIA en régimen de corresponsabilidad. Este tratamiento de datos es necesario para la gestión de los Diagnósticos de Innovación Comercial del Programa de Comercio Minorista. La finalidad de dicho tratamiento es posibilitar la ejecución, desarrollo, seguimiento y control de los Diagnósticos de Innovación Comercial del Programa de Comercio Minorista. En el marco de este Programa sus datos serán comunicados a las autoridades competentes en el FEDER y a la Secretaria de Estado de Comercio como organismo cofinanciador del Programa para los mismos fines. Asimismo, sus datos podrán ser tratados con la finalidad de llevar a cabo las comprobaciones y actividades de control e inspección que, en su caso, puedan ser llevadas a cabo por las Autoridades competentes.
Sus datos serán conservados por un plazo de 5 años tras la finalización del Programa con la finalidad de atender posibles responsabilidades derivadas de su participación en el mismo, salvo que fueran aplicables otros plazos. 
 
Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición, escribiendo a cualquiera de las Cámaras a las direcciones indicadas o por correo electrónico, a juridica@camarasalamanca.com Deberá incluir una copia de su documento de identidad o documento oficial análogo que le identifique. Si lo considera oportuno, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.La Cámara de Comercio de Salamanca no se hace responsable de las informaciones que los solicitantes puedan recibir por vías distintas a esta convocatoria oficial.
 
10. DIRECCIONES DE CONTACTO
A continuación se recogen las direcciones de la Cámara en las que se pueden presentar solicitudes:
Por correo electrónico: 
 
De manera presencial:
Cámara de Comercio de Salamanca
Plaza Sexmeros, 2
37001 SALAMANCA
Teléfono: 923211797
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