HOSTELERÍA SE COMPROMETE A AUTOCONTROLAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS

La Asociación de Empresarios de la Hostelería de Salamanca (AEHS), integrada en CES, se compromete a ejercer el autocontrol del cumplimiento de las medidas sanitarias en los establecimientos hosteleros asociados, con el objetivo de velar por la buena imagen del sector y para proteger el gran esfuerzo que está realizando la enorme mayoría de los empresarios para cumplir escrupulosamente con las medidas sanitarias de prevención de contagios por coronavirus.

De este modo, la asociación estrechará su colaboración con el Ayuntamiento de Salamanca para que, a través de la Policía Local, se tomen las acciones oportunas encaso de que se produzcan situaciones indeseables que incurran en una competencia desleal y que además supongan un perjuicio al conjunto de la hostelería y un agravio para quienes ejercen su labor desde la más estricta responsabilidad.

Para la asociación es imprescindible actuar para salvaguardar el prestigio de la hostelería salmantina y para apuntalar la enorme tarea que se está realizando para proyectar hacia sus clientes locales y hacia el resto de España y de turistas extranjeros una imagen de establecimientos hosteleros seguros.

En esta línea, la Asociación de Empresarios de la Hostelería manifiesta su compromiso con la ciudad, con la salud de las personas, y con los legítimos intereses empresariales de un sector que, desde el primer momento, ha venido adoptando medidas y ha desarrollado propuestas desde la perspectiva de colaborar para frenar la pandemia que tanto daño está haciendo a sus negocios.

Medidas sanitarias

La Asociación recuerda a todos los establecimientos que las medidas que rigen el aforo, consumo y horario de apertura de la hostelería y de la restauración son las reguladas por el Plan de Medidas de Prevención y Control, aprobadas por el acuerdo 46/2020:

1.- El aforo para consumo en el interior de los establecimientos no podrá superar el 50% en barra, y si es en mesano podrá superar el 75% del aforo en el caso de salas de hasta 40 comensales y del 50% en el caso de más de 40 comensales.

2.- El consumo dentro del local podrá realizarse en barra o sentado en mesa, o agrupaciones.

3.- Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración limitarán su aforo al 80% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, en el caso de que la licencia sea concedida por primera vez.

4.- En todo caso, deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.

5. Se suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles, o similares.

6. Se establece como horario de cierre de estos establecimientos la 01:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.